• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: PURIFICACION LOPEZ TOLEDO
  • Nº Recurso: 141/2018
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ADMINISTRACION LOCAL
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: INMACULADA DONATE VALERA
  • Nº Recurso: 248/2017
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lleida
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN BERNAT ALVAREZ
  • Nº Recurso: 1053/2019
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: MARIA INMACULADA SUAREZ-BARCENA FLORENCIO
  • Nº Recurso: 1435/2017
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ANA BELEN IRACHETA UNDAGOITIA
  • Nº Recurso: 1717/2019
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- D. Marco Antonio y Dª Carla formularon demanda de juicio ordinario contra Kutxabank SA, en adelante Kutxabank, en la que, con relación de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria que, con fecha 5 de enero 2017, otorgaron los demandantes y Kutxabank, ante la Notario de Baracaldo Dª Ana María Mahiques Miret, ejercita acciones acumuladas de nulidad y de reclamación de cantidad, con el postulado de declaración de nulidad de las estipulaciones referentes a comisión por posiciones deudoras (cuarta) y gastos (quinta) y condena a la mercantil demandada a la devolución de 1.652,75 euros, que aduce haber satisfecho por aplicación de la cláusula de gastos, con el siguiente desglose: aranceles notariales 970,64 euros, aranceles registrales 409,86 euros y gestión 272,25 euros con el interés legal desde la fecha de abono y al pago de las costas procesales
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ANA BELEN IRACHETA UNDAGOITIA
  • Nº Recurso: 1667/2019
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- Formulada demanda por la Asociación de Consumidores y Usuarios del País Vasco (EKA/ ACUV) en representación de sus asociados D. Romulo y Dº Leticia con domicilio en Villafria ( Alava) contra contra Kutxabak SA, en adelante Kutxabank, , en la que con relación al contrato de novación de préstamo con garantía hipotecaria que con fecha 6 mayo 2008 suscribieron los asociados en la actora e Ipar Kutxa Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito ( actualmente Kutxabank ) ante el Notario de Vitoria D. Martin Garcia de Vicuña Garcia, ejercita acciones acumuladas individual de nulidad, por abusiva respecto a la cláusula de gastos (cláusula quinta) y de reclamación de cantidad, respecto a determinados gastos realizados con motivo de la novación, con el postulado de nulidad de la cláusula impugnada y de condena a la demandada a la devolución de la mitad del importe de aranceles notariales -189,25 euros- , los gastos de tasación- 117,74 euros- y el importe íntegro del arancel del registro- 191,79 euros- con el interés legal desde la fecha de pago y las costas procesales, a la que se allanó la demanda en cuanto a la pretensión de nulidad de la cláusula impugnada y reclamación económica y se opuso en lo referente a la cuantía del procedimiento y a las costas, se dictó sentencia que estima íntegramente la demanda declara la nulidad de las clausulas impugnadas e impone las costas a la demanda
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: ROSA MARIA ANDRES CUENCA
  • Nº Recurso: 1618/2019
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: GONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA
  • Nº Recurso: 802/2019
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: INMACULADA DONATE VALERA
  • Nº Recurso: 338/2018
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anula la resolución de la TGSS de inadmisión de recurso de alzada formulado frente a una comunicación que considera mero acto de trámite no recurrible. Ante la solicitud a la Administración para que se declare la nulidad del expediente de apremio, la URE remite una comunicación en la que tras referenciar las actuaciones realizadas en el citado expediente, contesta a la demandante que "no existe posibilidad alguna de nulidad del procedimiento, tal y como solicita en su escrito", es decir, no se trata de una mera comunicación informativa, sino que directamente está resolviendo el fondo de la petición que hace la demandante. Dicha comunicación reviste naturaleza decisoria no nos encontramos ante un mero acto de comunicación, aunque sea esta la forma adoptada por el citado acto, sino ante un escrito en el que se decide directamente desestimar la petición de nulidad del expediente de apremio realizada por la recurrente en vía administrativa. Y desde esta óptica no ofrece ninguna duda que estamos ante un acto, que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112.1 de la LPAC y en el Artículo 25.1 de la L.J.C.A, es recurrible tanto en vía administrativa como jurisdiccional.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Córdoba
  • Ponente: FERNANDO CABALLERO GARCIA
  • Nº Recurso: 148/2019
  • Fecha: 12/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.